DGEGP-HABILITACIÓN DE LA VUELTA A LA ACTIVIDADES DE LAS SALAS DE 45 DÍAS A 2 AÑOS Y DE 3 Y 4 AÑOS

09 Noviembre 2020

DGEGP-HABILITACIÓN DE LA VUELTA A LA ACTIVIDADES DE LAS SALAS DE 45 DÍAS A 2 AÑOS Y DE 3 Y 4 AÑOS

TRANSCRIBIMOS EL TEXTO DEL DGEGP INFORMA Nº 2191 SOBRE LA HABILITACIÓN DE LA VUELTA A LA ACTIVIDADES DE LAS SALAS DE 45 DÍAS A 2 AÑOS Y DE 3 Y 4 AÑOS:

Estimados equipos directivos:

En un nuevo paso dentro del plan progresivo de aperturas, les hacemos llegar información sobre cómo serán las actividades habilitadas para las salas de 45 días a 2 años, por un lado, y para las salas de 3 y 4 años, por otro, de establecimientos educativos de nivel inicial de gestión estatal y privada de la Ciudad. El objetivo es poder brindarles a los/as niños/as espacios de estimulación y revinculación para acompañarlos/as en lo que resta del ciclo lectivo.

Estas actividades se realizarán en las instituciones educativas en el marco de los protocolos específicos establecidos a tal fin y respetando las pautas de higiene y seguridad previstas para mitigar el riesgo de contagio de la COVID-19:

Salas de 45 días a 2 años: actividades de estimulación temprana para 1 niña/o con 1 adulta/o responsable más 1 docente
El avance de las actividades será gradual. La participación en este espacio será decisión de las familias de manera voluntaria. Cada establecimiento deberá contactarse con las familias para informar acerca de la habilitación de turnos de 45 minutos para actividades de estimulación. Solo se permitirá el ingreso del/a adulto/a acompañante con la niña o el niño en el día y horario asignado. Se destinarán 15 minutos entre turno y turno para limpieza y desinfección.

Esta propuesta es el resultado de la reiterada solicitud expresa del Ministerio de Educación para la realización de estas actividades para niños/as de salas de 45 días a 2 años, respondida el 6 de noviembre pasado por el Ministerio de Salud por Nota N.° 27000736-GCABA-SSPSGER/20 (descargar aquí). Teniendo en consideración la singularidad de este grupo etario, el Ministerio de Salud homologó la aplicación para el desarrollo de las mismas al protocolo aprobado mediante Resolución de Firma Conjunta N.° 15-GCABA-MSGC/20 (descargar aquí), cuya adecuada implementación deberán garantizar las instituciones. La verificación de las pautas establecidas en el protocolo se realizará a través de Escuelas Seguras, en el marco del desarrollo de las actividades (descargar aquí la lista de verificación de inspección).

Es importante que la institución tenga a disposición el registro de las personas que concurran a las actividades de estimulación (niños/as y adulto/as responsables).

En atención a que el alcance del Protocolo aprobado por la Resolución Conjunta N.° 15-GCABA-MSGC/20 aplica a distintas áreas profesionales, respetando las pautas generales de higiene y seguridad y las pertinentes a la estimulación temprana, se adjunta el documento «Especificaciones de aplicación» (descargar aquí) que hace referencia a las especificaciones que deben considerarse para su aplicación en el caso de los jardines.

Las instituciones deberán contar con la correspondiente declaración a efectos de participar de las actividades de estimulación a desarrollarse en la institución, firmada por el/la adulto/a responsable de cada niño/a (descargar aquí modelo) que asista.

Salas de 3 y 4 años: actividades deportivas recreativas lúdicas al aire libre
El avance de las actividades será gradual y en complemento de la virtualidad. La modalidad será de grupos «burbuja» de hasta 8 niños/as (con un máximo de 10 personas entre alumnos/as y docentes) al aire libre. Se realizarán en turnos de hasta 4 veces por semana de 1:30 a 3 horas, con media hora entre turno y turno para limpieza y desinfección. La participación de los/as alumnos/as será voluntaria.

El «PROTOCOLO ESPECÍFICO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS RECREATIVAS LÚDICAS AL AIRE LIBRE» (Anexo II) aprobado por la Resolución de Firma Conjunta N.° 6-GCABA-MEDGC/20 (descargar aquí), establece los procedimientos de actuación dentro de los establecimientos educativos, cuya adecuada implementación deberán garantizar las instituciones. La verificación de las pautas establecidas en el protocolo se realizará a través de Escuelas Seguras, en el marco del desarrollo de las actividades (descargar aquí la lista de verificación de inspección).

Es importante que la institución tenga a disposición el registro de las personas que integran cada grupo «burbuja». Solicitamos a todas las instituciones informar a el/la supervisor/a del nivel el total de burbujas que estarán funcionando en todas las actividades abiertas en la institución.

Las instituciones educativas deberán contar con la correspondiente declaración de conocimiento y aceptación del protocolo citado, firmada por el/la responsable de cada alumno/a (descargar aquí modelo) que asista a las actividades presenciales.

Las familias deberán completar la Ficha única de aptitud física (descargar aquí) para autorizar a que los/as alumnos/as realicen actividades físicas. En caso de padecer las enfermedades allí especificadas, el referente familiar y/o adulta/o responsable deberá comprometerse a informarlo a las autoridades del establecimiento educativo, acompañando la certificación médica correspondiente que avale si el/la alumno/a se encuentra apto/a para realizar actividad física. Están exceptuados de completarla los/as estudiantes que han entregado su ficha médica completa según lo indicado por la Disposición N.° 335/19.

El procedimiento para solicitar la autorización y apertura para ambos casos en esta nueva etapa es el siguiente, sin necesidad de que cada institución presente un protocolo específico:

Las instituciones educativas deberán enviar la solicitud (descargar aquí modelo de nota a completar) al email del/de la supervisor/a del nivel desde la cuenta de correo electrónico declarada por el/la representante legal de la institución, firmada de manera ológrafa y escaneada.
El/la supervisor/a responderá tomando conocimiento y autorizando la apertura por medio de una nota en un plazo no mayor a 48 horas.
Les recordamos que están exceptuados/as de concurrir en esta nueva etapa aquellos/as docentes que se encuentren incluidos/as en los grupos de riesgo definidos por el Ministerio de Salud, quienes deberán tramitar los permisos y licencias que les resulten aplicables.

Conforme a las responsabilidades de la jurisdicción para acompañar a las instituciones y brindar recursos de capacitación, ponemos a disposición los siguientes, a modo de referencia, que podrán ser complementados con los materiales y actividades que las instituciones consideren pertinentes:

Detalle de pautas para las actividades de estimulación (salas de 45 días a 2 años) y medidas de higiene y seguridad (descargar aquí).
Detalle de pautas para las actividades en salas de 3 y 4 años y medidas de higiene y seguridad (descargar aquí).
Modelos de cartelería con recomendaciones: para ingreso al establecimiento (descargar aquí y aquí); para baños sobre el lavado de manos (descargar aquí) y para espacios comunes de mayor circulación (descargar aquí).
Cursos autoasistidos sobre el protocolo de limpieza e higiene: para equipos de conducción (ver aquí) y para personal auxiliar (ver aquí).
Asimismo la Dirección General de Educación de Gestión Privada ofrecerá charlas virtuales de capacitación, que oportunamente serán informadas. La participación en las diferentes propuestas constituye una parte fundamental de la responsabilidad de los diferentes equipos para el cumplimiento de las pautas de prevención.

Ante casos sospechosos de COVID-19: se debe seguir el protocolo y dar aviso al equipo de Epidemiología del Ministerio de Salud de la Ciudad para orientación y seguimiento de casos: 11 2825 3719.

El Ministerio de Educación de la Ciudad pone a disposición de todos/as los/as docentes y auxiliares de portería que concurran a las escuelas de la Ciudad con motivo de las actividades presenciales, el testeo voluntario y gratuito para detectar COVID-19 hasta el 27 de noviembre inclusive. El resultado se entregará en 15 minutos. Quienes estén interesados/as en realizarse la prueba deberán ingresar para sacar un turno en: https://formulario-sigeci.buenosaires.gob.ar/InicioTramiteComun?idPresta.... Aquellas personas que tengan síntomas no deberán sacar turno, sino dirigirse a las unidades febriles de alguno de los hospitales de la Ciudad. Les recordamos que quienes hayan padecido de la COVID-19 no deberán realizarse el testeo.

El personal docente y no docente afectado a las actividades presenciales, de las instituciones educativas autorizadas por DGEGP, podrán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19, ingresando en: www.argentina.gob.ar/circular. Asimismo, los/as alumnos/as que sean convocados para asistir a las actividades presenciales podrán usar el transporte público con un/a acompañante adulta/o. Será necesario sacar el correspondiente permiso, previa carga de los datos de su tarjeta Sube, en ese mismo enlace.

La educación es nuestra prioridad, les agradecemos profundamente su compromiso y esfuerzo para seguir garantizando la continuidad pedagógica y el desarrollo integral de los/as niños y niñas, en todos los contextos.

DGEGP
Ministerio de Educación
Ciudad de Buenos Aires

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