CIUDAD DE BUENOS AIRES - CONTRATO EDUCATIVO - NUEVAS FECHAS DE SU ENVÍO

24 Octubre 2019

CIUDAD DE BUENOS AIRES - CONTRATO EDUCATIVO - NUEVAS FECHAS DE SU ENVÍO

Transcribimos el texto del comunicado del SOE de la DGEGP de la CABA:

Estimadas Autoridades
Nos ponemos en contacto con ustedes con motivo de estar próximos a la información que deberán proveer los institutos educativos a las familias, en relación al Contrato Educativo Anual o Condiciones de Arancelamiento para el próximo ciclo lectivo.
Si bien el Decreto 2417/PEN/93 establece que los establecimientos educativos que reciben aporte gubernamental deberán proveer dicha información a las familias antes del 31 de octubre de cada año –debido a que aún no hay novedades sobre los aranceles autorizados a cobrar- se ha previsto una prórroga para la entrega de esta información a las familias.
Asimismo, creemos conveniente recordar los puntos que –como mínimo- debe contener el Contrato Educativo de acuerdo al Decreto 2417/PEN/93.
a) Importe total de la matrícula a cobrar para el ciclo lectivo 2020.
b) Fecha y condiciones de reintegro de la matrícula en caso de arrepentimiento.
c) Cantidad de cuotas totales que se percibirán durante el ciclo lectivo por los servicios educativos.
d) Importe total de cada una de las cuotas, con el detalle de los conceptos (si correspondiera el cobro de los mismos): enseñanza programática, enseñanza extraprogramática, comedor, refrigerio, transporte, seguro, asistencia médica, seguridad, cánon plataforma educativa, unión de padres de familia, mantenimiento, materiales para uso didáctico del alumno y bonificaciones. Estos son los conceptos autorizados a cobrar y se informarán conjuntamente a las familias, a la Secretaría de Comercio, a la DGEGP en la DD.JJ de aranceles, y son los que se reflejarán en la facturación mensual a los padres.
e) Informar a las familias el detalle de los módulos extraprogramáticos que tiene autorizados por DGEGP.
f) Especificar, en caso de cobrar materiales para uso didáctico del alumno, el monto y cantidad de cuotas que percibirán al año por este concepto.
g) Comunicar si cobrará cuota de mantenimiento y equipamiento.
h) Indicar formas y plazos de pago, de las cuotas y de la matrícula.
i) Informar si aplicará recargos en caso de mora en el pago de las cuotas.
j) Incluir un párrafo que informe que los aranceles podrán ser modificados durante el transcurso del ciclo lectivo para el cual fue anunciado, siempre que exista autorización previa desde esta Dirección General.
Los institutos educativos podrán agregar otras cláusulas que consideren necesarias a fin de informar a las familias acerca de todas las actividades, horarios, y demás pautas relacionadas con los servicios que el colegio brinda. En caso de ofrecer actividades / talleres optativos, los mismos deben detallarse en el contrato.
Recordar que las condiciones y/ o requisitos que no se encuentren explicitados en el Contrato Educativo, no obligarán a los padres al pago de los mismos, por ejemplo: el cobro de la reincorporación en el nivel medio.
El Contrato Educativo debe contar con la conformidad de los padres o responsables de los estudiantes y una vez firmado debe quedar archivado en el legajo del alumno.
Fechas de Información
• A las familias de los alumnos hasta el 30/11/19
• A la DGEGP hasta el 06/12/19
Atentamente.
Equipo de Supervisión de Organización Escolar

Lilian Suffert Nogueira
Coordinadora de Supervisión de Organización Escolar
Dirección General de Educación de Gestión Privada

test

dfghjkl

35
Colaboradores especializados
112
Empresas nos eligen
327
Colegios confían en nosotros
32
Años de experiencia

Contacto

Teléfono: 5365-8994

consultas@siasueldos.com.ar | Córdoba 3016 - 3º (1187) | CABA